Todos los vehÃculos (autos particulares, transporte de personas y mercancÃas, motos, etc.) que se encuentran inscritos en el Registro de Propiedad Vehicular que circulan por las vias públicas terrestres a nivel nacional.
Los requisitos varÃan dependiendo del tipo de vehÃculo, en nuestra página de requisitos puede ver con detalle, cada uno de ellos.
La primera revisión técnica en caso de vehÃculos particulares es al cuarto año posterior al año modelo; en el caso de las motos, la primera revisión técnica es al tercer año.